Condenaron a patrullero del SMAD por disparo que dejó sin visión a universitaria

In Judicial
abril 07, 2026

Juez determinó uso indebido de arma oficial y violación de protocolos durante las manifestaciones del 28 de abril de 2021.

Un fallo judicial basado en pruebas técnicas, registros institucionales y análisis de actuación policial estableció responsabilidades individuales en medio de las manifestaciones nacionales. La decisión concluye que hubo uso inadecuado de la fuerza en un procedimiento de control de disturbios, con consecuencias permanentes para una joven que no representaba amenaza al momento del hecho.

Por esa razó, un juez de conocimiento emitió sentencia condenatoria contra José Danilo Núñez Zabaleta, integrante de la Unidad de Diálogo y Mantenimiento del Orden (Undmo), antes conocida como Esmad, por su responsabilidad en un caso ocurrido durante las protestas sociales de 2021 en Bogotá.

La decisión judicial se produjo tras valorar el material probatorio presentado por la Fiscalía General de la Nación, que incluyó identificación del uniformado mediante su placa y trazabilidad del arma asignada durante el operativo.

De acuerdo con la investigación, el agente disparó un proyectil de goma que impactó a una joven universitaria que se retiraba hacia su vivienda luego de haber participado en una movilización en el centro de la ciudad.

El impacto generó una lesión irreversible en el ojo derecho, provocando la pérdida permanente de la visión, situación que fue determinante en la valoración jurídica del caso.

Uso desproporcionado de la fuerza

En la sentencia, la juez concluyó que la actuación del uniformado fue desproporcionada, innecesaria y contraria a los protocolos institucionales establecidos para este tipo de intervenciones.

El fallo también señala que la víctima no representaba un riesgo al momento del impacto, lo que refuerza la conclusión de que hubo una aplicación indebida de los medios de control por parte del agente.

Por estos hechos, Núñez Zabaleta fue declarado responsable del delito de lesiones personales con perturbación funcional, una conducta que contempla sanciones cuando se generan daños permanentes en la integridad física de una persona.

Además de la pena principal, el juez impuso una inhabilidad de 84 meses para ejercer funciones públicas y una multa equivalente a 24,3 salarios mínimos legales mensuales vigentes para 2021.

Sentencia y recursos

La decisión corresponde a una sentencia de primera instancia, lo que significa que aún proceden los recursos de ley por parte de la defensa del uniformado.

Este caso se suma a otros procesos judiciales derivados de las protestas del 28 de abril de 2021, en los que se han investigado presuntos excesos en el uso de la fuerza por parte de integrantes de la fuerza pública.

La Fiscalía, a través de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, reiteró que continuará adelantando investigaciones para esclarecer responsabilidades individuales en contextos de intervención estatal durante manifestaciones sociales.