La rectificación debe ser pública y en las mismas redes sociales donde el abogado divulgó sus acusaciones.
Un Juzgado Décimo Penal Municipal de Conocimiento de Pereira profirió un fallo contundente en el que ordena a un abogado, integrante de la veeduría de movilidad de esta ciudad, a retractarse de las acusaciones hechas contra una delegada de la Personería.
El pronunciamiento judicial, conocido esta semana, establece que el abogado no sólo vulneró la honra de la delegada, al exponer su nombre y su imagen en redes sociales, sino que lo hizo bajo el argumento de representar a una veeduría ciudadana que, según verificó el despacho, no se encuentra registrada conforme lo exige la ley.
A ello se suma que el abogado no ostenta reconocimiento oficial como veedor ciudadano por parte de la Personería, lo que, a juicio del juzgado, desvirtúa su condición de vocero en ese campo.
Una retractación obligatoria
El juez fue claro al ordenar al jurista realizar una retractación pública, reconociendo que sus manifestaciones fueron infundadas. Esta retractación deberá hacerse en los mismos medios y con la misma visibilidad en que se divulgaron sus acusaciones, como medida de restablecimiento de los derechos de la funcionaria afectada.
La providencia también exhorta al abogado a abstenerse de emitir en el futuro señalamientos sin pruebas que puedan menoscabar la dignidad de los servidores públicos o poner en entredicho el cumplimiento de sus funciones.
La controversia surgió luego de que el abogado hiciera declaraciones públicas cuestionando el proceder de la delegada de la Personería, presentándose como representante de una veeduría ciudadana y como defensor de derechos humanos. La funcionaria interpuso una acción judicial solicitando protección de su honra y buen nombre.
Tras el estudio de los argumentos y las pruebas, el juzgado determinó que no existía registro legal de la veeduría mencionada ni reconocimiento oficial del abogado como defensor de derechos humanos. Con base en ello, concluyó que las acusaciones eran infundadas y ordenó la retractación.
Con esta decisión, la justicia no sólo protege a la delegada de la Personería, sino que envía un mensaje sobre la responsabilidad de quienes ejercen la palabra en espacios públicos: “la crítica es legítima, pero debe sustentarse en hechos verificables y no en señalamientos sin pruebas”, dice el fallo.
