El fallo respalda los derechos políticos y resalta el liderazgo independiente de María Camila Correa, la concejal cuya investidura fue ratificada por el Consejo de Estado mediante un fallo emitido el pasado 31 de octubre.
La alta corte administrativa desestimó una solicitud de pérdida de investidura presentada por el ciudadano Rodolfo Lozano Díaz.
La acción legal alegaba que Correa incurría en una causal de inhabilidad debido a un parentesco de primer grado con un agente de tránsito que había ejercido funciones en el municipio durante el período inhabilitante previo a las elecciones.

En su decisión, el alto tribunal determinó que no existían pruebas que demostraran dolo o culpa grave por parte de Correa en relación con el desempeño de su cargo.
Asimismo, el fallo concluyó que las funciones del agente de tránsito no tuvieron impacto directo en el proceso electoral ni implicaron el ejercicio de autoridad civil o administrativa que pudiera influir en la elección de la concejal.
El Consejo de Estado también destacó que el liderazgo de Correa quedó reflejado en los resultados electorales, al obtener la mayoría de votos en zonas rurales de Dosquebradas.
Este factor evidenció que su elección respondió a un apoyo consolidado en estas comunidades, independiente de posibles vínculos familiares.
La decisión no sólo ratifica la legitimidad de la elección de María Camila Correa, sino que refuerza los principios de respeto al debido proceso y a los derechos políticos de los mandatarios locales.
Correa, conocida por su compromiso con la juventud y la sostenibilidad, expresó su satisfacción con el fallo y reafirmó su disposición para continuar trabajando por el bienestar de Dosquebradas.
“Este es un reconocimiento a la transparencia de nuestro proyecto y al respaldo de las comunidades que han confiado en mi liderazgo”, afirmó la concejal.
Con esta decisión, el Consejo de Estado sienta un precedente sobre el alcance de las causales de inhabilidad y destaca la importancia de las pruebas concretas en los procesos de pérdida de investidura.
