Código de Infancia y Adolescencia exige a adultos proteger a los menores y evitar su exposición a situaciones de riesgo.
El caso de la adolescente de 13 años lesionada con pólvora en Pereira el pasado 7 de diciembre puso en el centro de discusión las consecuencias legales que podrían enfrentar los adultos cuando un menor resulta herido por explosivos de uso prohibidos.
La menor caminaba hacia la vivienda de una tía, en el barrio Rocío Bajo, cuando un vecino encendió una “torta” de pólvora que se volteó y expulsó una chispa que impactó directamente su rostro.
Los familiares la trasladaron al hospital Universitario San Jorge, donde los médicos confirmaron una quemadura profunda en el labio superior y lesiones adicionales en los brazos. El caso quedó a la espera de una valoración por cirugía plástica.
Aunque la lesión fue causada por un tercero, las autoridades revisan la conducta del vecino que manipuló el artefacto y también evalúan si los padres o responsables legales de la menor cumplieron su deber de cuidado.
La pólvora, por su capacidad de causar lesiones graves, se considera un riesgo evidente, independientemente de si el niño la manipula directamente o simplemente está cerca de quien la enciende.
¿Qué dicen las leyes?
El abogado penalista Renato Marín explicó que la situación tiene un marco jurídico claro y que el vecino que encendió el artefacto podría enfrentar cargos.
“En el caso concreto estaríamos hablando del delito de lesiones personales culposas agravadas. La conducta se agrava de acuerdo con el artículo 119 cuando el hecho ocurre contra un niño o niña menor de 14 años”, señaló.
Marín indicó que el análisis penal depende en buena medida del impacto definitivo de las quemaduras.
“Habría que verificar cuál fue la afectación: si produjo una deformidad, una perturbación funcional o una pérdida anatómica. Dependiendo de esas consecuencias se define el rango de la pena”, explicó.
Para el abogado, el mensaje es claro: el uso de pólvora no sólo genera riesgo físico, sino también responsabilidad penal directa cuando por imprudencia, descuido o manejo indebido resulta lesionado un menor.
“En conclusión, estaríamos frente a lesiones personales culposas agravadas, reitero, porque la víctima es una menor de edad”, enfatizó.
El especialista también recordó que, aunque en este caso la menor no manipulaba el artefacto, la ley exige a los adultos; incluidos vecinos, cuidadores y padres, evitar que los niños estén expuestos a situaciones de riesgo.
De lo contrario, además de las consecuencias penales para quien manipuló la pólvora, las autoridades pueden abrir procesos administrativos de protección si se evidencia una omisión en el deber de cuidado.
