Durante la sesión de hoy miércoles 02 de octubre, la Cámara de Representantes aprobó el artículo 13 del proyecto de reforma laboral, el cual modifica los horarios de la jornada laboral diurna y nocturna.
Según la nueva normativa, el trabajo diurno iniciará desde las 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. mientras que el trabajo nocturno abarcará desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.
Esta modificación actualiza lo estipulado en el artículo 160 del Código Sustantivo del Trabajo, que anteriormente consideraba la jornada diurna de 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m. , y la nocturna 9:00 p.m. a 6:00 a.m.
La ministra del Trabajo, Gloria Ramírez, señaló que cerca de 1,38 millones de trabajadores, es decir, el 1% de la fuerza laboral, realizan históricamente trabajo nocturno. Por esta razón, calificó la aprobación como un acto de justicia laboral hacia quienes cumplen con esta jornada.
También establecieron que la entrada en vigencia de esta nueva normativa será seis meses después de que se firme e implemente la ley, permitiendo un período de adaptación para todos los involucrados.
